Permiso por puntos
Lo único que cambia es que hay más seguridad
Una curva peligrosa se debe tomar con precaución. Un ceda el paso sigue siendo un ceda el paso. Tomar alcohol y conducir siempre será incompatible. Para un buen conductor, todo sigue igual.
El permiso por puntos sólo supone un cambio para aquellos que no respetan las normas de circulación. A partir del 1 de julio determinadas infracciones supondrán, además de la imposición de multas económicas y de la suspensión del permiso, el descuento de puntos hasta la pérdida de dicho permiso.
La eficacia del permiso por puntos se ha demostrado en Francia, Italia y Alemania. Los buenos conductores disfrutan de carreteras más seguras, y todos son más conscientes de su responsabilidad. Esperemos que en España podamos superar estos excelentes resultados y podamos circular con mayor tranquilidad.
¿A QUIÉN AFECTA ESTA LEY?
Esta ley es de obligado cumplimiento para todos los titulares de permiso o de licencia de conducción, independientemente de cual sea su clase y cuando se haya obtenido.
¿CUÁNTOS PUNTOS TIENE CADA CONDUCTOR?
Si eres conductor con más de tres años de experiencia.
Si eres un conductor novel (menos de tres años de experiencia).
Si has perdido el permiso o la licencia que tenías por haber agotado todos los puntos, cuando obtengas uno nuevo.
BUEN CONDUCTOR:
Si en tres años no cometes ninguna infracción, incrementarás en 2 puntos los 12 iniciales, y recibirás un punto más por los tres años siguientes, hasta un máximo de 15 puntos.
CONDUCTOR INFRACTOR:
¿CÓMO PUEDO SABER LOS PUNTOS QUE TENGO?
A partir del 1 de julio, la web www.dgt.es tendrá un apartado para que consultes tu saldo de puntos.
¿QUÉ OCURRE SI PIERDO ALGÚN PUNTO?
Podrás optar por una recuperación parcial, de un máximo de 4 puntos, si superas un curso de sensibilización y reeducación vial, que sólo puedes realizar una vez cada dos años.
¿LA PÉRDIDA DE PUNTOS ES EN EL MOMENTO DE LA INFRACCIÓN?
No. La pérdida de puntos se producirá en el momento en que la sanción sea firme. La sanción será firme:
- Si no interponemos recurso administrativo, al mes de la notificación de la resolución sancionadora.
- Si lo interponemos, cuando nos notifiquen la resolución del recurso.
¿CUÁNDO Y CUÁNTOS PUNTOS PERDEMOS?
2 PUNTOS
- Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o para los peatones.
- Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano.
Utilizar sistemas de detección de radares para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico.
- Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a las normas.
- Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores (con las excepciones reglamentarias).
3 PUNTOS
- Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás dispositivos de seguridad obligatorios.
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las normas.
- Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, cascos, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción.
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
4 PUNTOS
- Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido.
- Conducir con un exceso del 50% o más en el número de plazas autorizadas, excluido el conductor, salvo autobuses urbanos o interurbanos.
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilita para ello.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
- Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros.
- Exceder los límites de velocidad en más de 40km/h, siempre que no suponga además un exceso del 50%.
- [3 puntos] Los excesos en más de 30 km/h y hasta 40 km/h conllevan 3 puntos.
- [2 puntos] En más de 20 Km/h y hasta 30 km/h, 2 puntos.
- No respetar la prioridad de paso, saltarse un semáforo en rojo o no detenerse ante una señal de STOP.
- Incumplir las normas generales del adelantamiento, poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario, o adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida.
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
- No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
- Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.
6 PUNTOS
- Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l en aire espirado (profesionales y noveles más de 0,30). Si la tasa es superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y noveles más de 0,15 hasta 0,30) el descuento es de 4 puntos.
- Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
- Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
- Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
- Sobrepasar más de un 50% la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo.
- Para profesionales el exceso de más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso.
¿QUÉ PASA CUANDO PIERDO TODOS LOS PUNTOS?
Pierdes el permiso de conducción. Después de seis meses desde la pérdida, podrás obtener uno nuevo superando un curso de sensibilización y reeducación y una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico, disponiendo de un crédito de 8 puntos.
Si en dos años no pierdes más puntos, volverás a tener los 12 iniciales. Si la pérdida de puntos es por infracciones muy graves (ó puntos), deberás esperar tres años para restablecer la cifra inicial. Por otra parte, cometer infracciones graves o muy graves puede acarrear la suspensión del permiso, independientemente de los puntos que se tengan.
¿CUÁNTO TIEMPO TRANSCURRE PARA RECUPERAR EL PERMISO?
- Profesionales: 3 meses la primera vez, 6 meses la segunda.
- No profesionales: 6 meses la primera vez, 12 meses la segunda.
Después, habrá que superar un curso de sensibilización, que se impartirá en centros concertados.
¿CÓMO RECUPERAR LOS PUNTOS PERDIDOS O EL PERMISO?
En ambos casos, es necesario realizar un curso en un centro concertado. Su coste corre a cargo del interesado y son impartidos por personal especializado.
- Recuperación parcial: el curso de sensibilización y reeducación vial tendrá 12 horas de duración y se podrá realizar una vez cada dos años, salvo los profesionales, que podrán hacerlo cada año. Su coste es de 1 70 euros.
- Recuperación del permiso de conducción una vez perdidos todos los puntos: curso de 24 horas de duración, con un coste de 320 euros, y además se deberá superar una prueba en la Jefatura de Tráfico.
Los cursos constan de: temas comunes, dedicados a la formación general en cultura y educación vial, fomentando el debate y la reflexión en grupo; y temas específicos, adaptados a las áreas relevantes que más afecten a cada conductor de forma personalizada.
MEDIDAS ESPECIALES PARA CONDUCTORES PROFESIONALES.
Esta ley entiende por conductor profesional a toda persona, con la debida autorización adminisitrativa, cuya actividad laboral sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o personas.
En general, la ley establece una serie de ventajas para estos conductores, principalmente la reducción a la mitad de los plazos establecidos para no profesionales.